Hablemos un poco del Matrimonio
en el código de Familia capitulo IV de los efectos del matrimonio en la sección
I nos habla de los Derechos y los Deberes pero antes debemos mencionar que: El
Matrimonio surte efecto jurídicos desde su celebración y su inscripción, o comprobación
si fuera de hecho, también debemos saber que la inscripción registral es una
formalidad probatoria y de publicidad, en palabras mas sencillas esto nos
indica desde cuando podemos exigir los derechos y deberes de los conyugues.
Dicho esto pasamos a detallar
estos derechos y deberes:
- · Deben fijar de común acuerdo el domicilio Conyugal a falta de declaración expresa se entiende que la mujer ha adoptado el domicilio del marido o viceversa.
- · Los conyugues están obligados a vivir juntos y a guardarse fidelidad, además se deben recíprocamente respeto y protección.
- · El marido y la mujer están obligados a contribuir en los gastos de alimentación y otros de la familia, cada cónyuge contribuirá en proporción a su estado económico en dichos gastos.
- · El marido y la mujer deben vivir en el domicilio conyugal y cada uno de ellos tiene derecho a que el otro le reciba en la casa.
Licda. Susseth
Dottin
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